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Reasignación Docente 2024: Preguntas Frecuentes

Ministerio de Educación | Reasignación Docente 2024 | Preguntas frecuentes

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REASIGNACION DOCENTE 2024: Causales por interés personal y unidad familiar
RVM N° 042-2022-MINEDU | RVM N° 151-2022-MINEDU | RVM N° 058-2023-MINEDU
https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/reasignacion.php

Preguntas frecuentes sobre la reasignación docente 2024 por interés personal y unidad familiar

¿Qué es la reasignación?

Es una acción administrativa que permite al docente (en condición de nombrado o designado de una institución o programa educativo público) desplazarse geográficamente de una plaza de origen a una plaza de destino que se encuentra vacante y presupuestada, donde mantiene las mismas características del cargo de origen.

¿Quiénes pueden participar en el proceso?

Pueden participar docentes nombrados de Educación Básica, Técnico-Productiva y de aquellas II. EE. de la ODEC y ONDEC, así como directores, subdirectores de instituciones educativas públicas y especialistas de educación de las UGEL/DRE.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Acreditar tener como mínimo tres (3) años de nombramiento y dos (2) años de servicios oficiales efectivos continuos o acumulados en la última plaza en la cual es titular (como nombrado o designado) al momento de su postulación.
  • Presentar informe escalafonario de reasignación cuya antigüedad no sea mayor de 60 días a la fecha de postulación.
  • Haber aprobado la última evaluación de desempeño docente (este requisito se encuentra suspendido).
  • Adjuntar anexo 2.

Requisitos específicos para la reasignación por unidad familiar

  • Para postular a la reasignación por unidad familiar, deberá acreditar la relación de parentesco mediante los siguientes documentos, de acuerdo con su solicitud:

    • Caso de cónyuge: acta de matrimonio, resolución judicial o escritura pública (concubinato o unión de hecho).
    • Caso de hijos menores: copia del documento nacional de identidad (DNI).
    • Caso de padres mayores de 60 años: acta de nacimiento.
    • Caso de hijos mayores o padres con discapacidad: copia del DNI y certificado de discapacidad emitido por el Conadis o un médico certificador.
    • Declaración jurada del familiar directo que reside en el destino de la reasignación y declaración jurada de la residencia en el lugar de destino del postulante.

¿Cómo postular?

Para participar en el proceso de reasignación docente, los docentes deben:

  • Presentar su solicitud de reasignación por mesa de partes de la UGEL o la DRE a la que desean trasladarse (destino).
  • Adjuntar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y los criterios de evaluación.
  • La inscripción es única y se realizará del 3 al 10 de junio de 2024, de acuerdo con el cronograma de cada región.

¿Cuáles son los criterios de evaluación?

El proceso de reasignación docente evalúa los siguientes criterios:

  • Escala magisterial: Máximo 25 puntos.
  • Ubicación de la institución educativa (zona rural, frontera o VRAEM): Máximo 40 puntos.
  • Tiempo de servicio: Máximo 25 puntos.

¿Quiénes realizan el proceso?

Este proceso está a cargo del Comité de Reasignación que se conforma en cada DRE y UGEL en el país.

¿Cómo me informo de los resultados?

El Comité de Reasignación publica los resultados preliminares y finales de la evaluación en el portal institucional u otros medios.

¿Cómo y cuándo se formula un reclamo?

Si algún docente no se encuentra de acuerdo con la publicación de los resultados preliminares, puede formular un reclamo por escrito ante el Comité de Reasignación, que será absuelto y notificado por escrito. El reclamo y su absolución deben ser presentados antes de la publicación final, en las fechas establecidas en el cronograma aprobado.

¿Cómo se realiza la adjudicación?

La adjudicación de plazas vacantes se realiza en acto público, en estricto orden de méritos, por nivel educativo y de acuerdo con el cronograma establecido en cada etapa y fase de la reasignación. La adjudicación de plazas por interés personal y unidad familiar se realiza de forma alternada, empezando por unidad familiar.

¿Cuándo entra en vigencia la reasignación?

La vigencia de la reasignación por unidad familiar e interés personal para docentes del área de gestión pedagógica es a partir del 1/3/2025, y para quienes laboran en el área de gestión institucional es desde el 1/1/2025.

Ver las Preguntas Frecuentes:

 

Ver: Preguntas Frecuentes .pdf

Anexos para Reasignación Docente 2024:

Anexo 2. Declaración jurada para el procedimiento de reasignación y/o permuta

Anexo 7. Declaración jurada de domicilio para unidad familiar (familiar directo menor de edad)

Anexo 7. Declaración jurada de domicilio para unidad familiar (postulante y familiar directo)

Orientaciones para el Postulante: 

Sitio web de Reasignación Docente:

https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/reasignacion.php

Normativa:

Oficio Múltiple N° 00061-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDDSobre modificación del cronograma del proceso de reasignación docente por las causales de interés personal y unidad familiar, para el año 2024

Aprobación del cronograma de la reasignación Destacado
Oficio Múltiple N° 00060-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD | Precisiones para el proceso de reasignación docente por las causales de interés personal y unidad familiar para el año 2024.

Conformación de comités de reasignación Destacado
Oficio Múltiple N° 00048-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD | Precisiones para la determinación del representante de los profesores como miembro del Comité de Reasignación Docente por las causales de Interés Personal y Unidad Familiar 2024.

Resolución Viceministerial N° 058-2023-MINEDU | Modificar los subnumerales 6.2.6, 7.3.1 y 8.1.7 del documento normativo denominado “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 042-2022-MINEDU y modificado por la Resolución Viceministerial N° 151-2022-MINEDU.

Resolución Viceministerial N° 151-2022-MINEDU | Incorporar el subnumeral 13.31 al numeral 13 del documento normativo denominado “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 042-2022-MINEDU.

Resolución Viceministerial N° 042-2022-MINEDU | Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial y su Reglamento”.

LEY DE REFORMA MAGISTERIAL:

Ley N° 29944: Ley de Reforma Magisterial, reglamento y modificaciones

REFORMA MAGISTERIAL:

Link Oficial: https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial

Facebook del MINEDU:

https://www.facebook.com/mineduperu

Web Oficial del MINEDU:

http://www.minedu.gob.pe