DECRETO SUPREMO Nº 002 -2021-EF: Dictan Disposiciones Reglamentarias para el Otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad para el Año Fiscal 2021 [Conócelo aquí]
DECRETO SUPREMO Nº 002 -2021-EF: Dictan Disposiciones Reglamentarias para el Otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad para el Año Fiscal 2021 [Conócelo aquí]
DECRETO SUPREMO Nº 002 -2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los literales b) y c) del numeral 1 del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público, las Leyes de Presupuesto del Sector Público fijan, entre otros conceptos, el monto de la Bonificación por Escolaridad cuyo otorgamiento es reglamentado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto
El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad cuyo monto es fijado por la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, y que asciende hasta por la suma de S/ 400,00 (CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES), la cual se abona, por única vez, en la planilla de pagos del mes de enero de 2021.
Artículo 2. Alcance
2.1 En el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, la Bonificación por Escolaridad se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220; el personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153; los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
A continuación les compartimos el contenido completo del decreto supremo.
DECRETO SUPREMO Nº 002 -2021-EF
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Fuente: DIARIO OFICIAL EL PERUANO
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