RETIRO 25% AFP: ¿Cuándo te toca solicitar el retiro de tu AFP?
RETIRO 25% AFP: ¿Cuándo te toca solicitar el retiro de tu AFP?
De acuerdo con lo dispuesto por el Gobierno, como afiliado al Sistema Privado de Pensiones (SPP) puedes realizar un retiro extraordinario de hasta el 25% de tu fondo obligatorio en la AFP (Ley Nº 31017). Tienes plazo para presentar tu solicitud de retiro hasta el 16 de julio, según los cronogramas que publicaremos.
Puedes retirar hasta un máximo de S/ 12,900, según el saldo de tu fondo disponible a la fecha de tu solicitud. Si realizaste previamente el retiro de hasta S/ 2,000 por el D.U. N°034-2020, este monto será descontado en este nuevo retiro (1).
La entrega del monto a retirar se hará hasta en dos armadas, la primera, dentro de los 10 días calendario posteriores al registro de tu solicitud y la segunda, dentro de los siguientes 30 días calendario posteriores al pago de la primera armada, utilizando la misma forma de pago. En caso de haber presentado adicionalmente la solicitud del retiro de hasta S/ 2000 por el D.U. N°038-2020, se atenderá primero el retiro de hasta 25% del fondo y, luego del desembolso de la primera armada, se procederá con la atención del retiro de hasta S/2,000 del fondo (2).
Si te encuentras en el extranjero y deseas que tu retiro se traslade a una cuenta del exterior del país, o te encuentras con una imposibilidad física, consulta la página web de tu AFP para conocer el proceso especial de atención.
Si te corresponde según el cronograma, puedes ingresar de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. para confirmar si accedes al retiro y registres tu solicitud.
Cronograma de solicitudes:
Último dígito de tu documento de identidad | Registra tu solicitud solo los siguientes días: | |
---|---|---|
0 | 18 o 19 de mayo | |
1 | 20 o 21 de mayo | |
2 | 22 o 25 de mayo | |
3 | 26 o 27 de mayo | |
4 | 28 o 29 de mayo | |
5 | 1 o 2 de junio | |
6 | 3 o 4 de junio | |
7 | 5 u 8 de junio | |
8 | 9 o 10 de junio | |
9 | 11 o 12 de junio | |
Letra u otro valor no numérico | 18 o 19 de mayo |
Recuerda que solo puedes presentar una solicitud de retiro de hasta el 25% de tu fondo.
(1) Segunda disposición complementaria final de la Ley N°31017.
(2) Artículo tercero de la Resolución SBS N° 1352-2020
Consulta y tramita aquí:
https://retiro25.consultaretiroafp.pe/#/consulta
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