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R.M. N° 580-2019-MINEDU, Otorgan las Palmas Magisteriales en la Categoría de Educador

Otorgan las Palmas Magisteriales en la Categoría de Educador

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 580-2019-MINEDU

Lima, 26 de noviembre de 2019

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ley N° 11192 se crea la recompensa honorífica denominada “Palmas Magisteriales”, destinada a premiar a los ciudadanos que se hayan distinguido en forma extraordinaria en la dirección o ejercicio de la docencia oficial o particular, o en la Administración Escolar;

Que, el Decreto Supremo N° 007-2019-MINEDU, se aprueba el nuevo Reglamento de la Condecoración de Palmas Magisteriales, en adelante el Reglamento; y, la Resolución Ministerial N° 191-2019-MINEDU aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones que Regulan el Otorgamiento y Gestión de la Condecoración de Palmas Magisteriales”;

Que, de acuerdo al artículo 1 del Reglamento, la Condecoración de Palmas Magisteriales constituye el máximo reconocimiento y distinción honorífica que se otorga, por gracia del Estado, a través del Ministerio de Educación, a profesionales que hayan destacado por su contribución extraordinaria a la educación y desarrollo del país; siendo uno de los requisitos indispensables para la procedencia de su otorgamiento, contar con solvencia moral sustentada;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento, establece que la Condecoración en la Categoría de Educador se confiere únicamente a docentes en actividad que ejercen labor pedagógica en instituciones y/o programas educativos públicos de Educación Básica (en todas sus modalidades, niveles y ciclos), así como a los de Educación Técnico – Productiva, e Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica del Sector Público; como reconocimiento a su práctica docente efectiva, orientada hacia la mejora de los aprendizajes de sus estudiantes y el involucramiento de la comunidad educativa, en concordancia con el Marco del Buen Desempeño Docente; y, que cuenten con al menos quince (15) años de servicio docente, que deben corresponder a su experiencia en el sector público;

Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Reglamento establece que el proceso de Condecoración de Palmas Magisteriales comprende las siguientes tres etapas: (i) postulación de candidatos por parte del proponente, (ii) calificación de expedientes y (iii) evaluación y otorgamiento de la Condecoración;

Que, el artículo 16 del Reglamento dispone que culminadas las etapas de calificación de los expedientes y evaluación de los candidatos, el Consejo de la Orden se pronuncia sobre el otorgamiento de la Condecoración en cada una de las categorías, la misma que es otorgada mediante Resolución Ministerial;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 299-2019-MINEDU, se designa a los miembros del Consejo de la Orden de Palmas Magisteriales para el año 2019; y, con Resolución Ministerial N° 487-2019-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial N° 563-2019-MINEDU, se designa a los miembros del Comité de Calificación Ministerial;

Que, según da cuenta la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente en el Informe N° 00700-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED de acuerdo al Acta de Sesión del Consejo de la Orden de Palmas Magisteriales 2019, de fecha 13 de noviembre de 2019, corresponde proceder a emitir las Resoluciones Ministeriales respectivas que se pronuncian sobre el otorgamiento de la Condecoración;

Que, en virtud del Acta de Sesión del Consejo de la Orden de Palmas Magisteriales, de fecha 13 de noviembre de 2019, los miembros de dicho Consejo acordaron otorgar las Palmas Magisteriales en la categoría de EDUCADOR a las personas mencionadas en la parte resolutiva de la presente resolución;

Que, estando a lo acordado por el Consejo de la Orden;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, la Dirección General de Desarrollo Docente, y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 11192, que crea la recompensa honorifica denominada “Palmas Magisteriales”, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2019-MINEDU, la Norma Técnica denominada “Disposiciones que Regulan el Otorgamiento y Gestión de la Condecoración de Palmas Magisteriales”, aprobada por Resolución Ministerial N° 191-2019-MINEDU, el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación; y, el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Otórguese las Palmas Magisteriales en la Categoría de EDUCADOR a las siguientes personas:

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

REGIÓN

1

MAX HENRRY AREVALO ACOSTA

00100503

UCAYALI

2

CRUZ MARIA CASTRO SEVERINO

00207019

TUMBES

3

SONIA SOLEDAD CHAVEZ CARRILLO

30430947

AREQUIPA

4

ALFONSO WALTER FLORES CUBA

21856758

HUANCAVELICA

5

MARIA LUZMILA HUANHUAYO GABRIEL

19807072

LIMA

6

EDITH MERCEDES HUERTAS RUEDA

15841257

LIMA PROVINCIAS

7

RIGOBERTO IPANAQUE GALVEZ

03565924

PIURA

8

JOSE ANTONIO MEDINA DIAZ

33826345

AMAZONAS

9

ENRIQUE ELISEO MONCAYO VARIAS

17542747

LAMBAYEQUE

10

JUAN OBLITAS CARRERO

27280619

CAJAMARCA

11

DIANA ASUNCION ORTIZ SALAS

23933660

CUSCO

12

RODOLFO JAVIER PALOMINO ZEGARRA

04340771

PASCO

13

CONNIE BETTY PHILIPPS DEL CASTILLO

01112072

SAN MARTIN

14

RUBEN DARIO QUISPE CALLI

01862375

PUNO

15

MARCELA GREGORIA QUISPE CHAMBILLA

04433931

MOQUEGUA

16

ZENAIDA RAMIREZ PALACIOS

31625903

ANCASH

17

ELBA DORIS TELLERIA TELLERIA

00475940

TACNA

18

MELECIO TITO MAMANI

30642190

AYACUCHO

19

RUTH VANESSA VERGARA ESPINOZA

21521545

ICA

20

AURELIO YUCRA PINEDO

24705520

CUSCO

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLOR PABLO MEDINA

Ministra de Educación

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