MINEDU: Sepa cuándo deben presentar expedientes los Postulantes a plazas administrativas (R. VM. N° 287-2019-MINEDU)

El Ministerio de Educación publicó la norma técnica (R. VM. N° 287-2019-MINEDU) que regula el proceso de contratación de personal administrativo del régimen laboral del Decreto Legislativo 276 en las sedes de las DRE, UGEL, IE e institutos y escuelas de educación superior público. La norma señala que los postulantes deben presentar sus expedientes durante la primera semana de diciembre ante el Comité de Contratación que corresponda. Tienen que reunir los requisitos según el grupo ocupacional profesional, técnico o auxiliar.

La tercera semana de noviembre se publicarán las plazas que se consideran para el proceso de contratación. El expediente del postulante debe contener la solicitud dirigida al Comité de Contratación con la precisión del cargo al que postula, declaración jurada según formato (anexo 5), hoja de vida documentado, certificado de discapacidad o documentación que acredite ser licenciado de las Fuerzas Armadas o deportista calificado de alto, en caso corresponda.

El Comité de Contratación evaluará los expedientes considerando los criterios de: formación académica, capacitaciones, experiencia laboral y entrevista personal (solo para el grupo profesional). La norma es contundente al indicar que los postulantes que no acrediten la formación mínima requerida para el cargo que postulan serán excluidos automáticamente del proceso.

Grupo ocupacional auxiliar:
oficinista I, II o III, auxiliar de biblioteca I o II, auxiliar de contabilidad I, II o III, auxiliar de laboratorio I o II, auxiliar de publicaciones I o II, auxiliar de sistema administrativo I o II y trabajador de servicio I, II o III.

Estudios mínimos:
educación secundaria completa.

Grupo ocupacional técnico:

  • Técnico administrativo I: educación secundaria completa.
  • Técnico administrativo II o III: título profesional técnico relacionado con el área correspondiente.
  • Operador PAD I: título profesional técnico en computación e informática.
  • Secretaria I, II o IIII: título profesional técnico en secretariado ejecutivo otorgado por institución de nivel superior o Cetpro.
  • Chofer I o II: educación secundaria completa y licencia de conducir profesional.
  • Técnico de laboratorio I o II: título profesional técnico en laboratorio.

VER NORMATIVA:

R.V. N° 287-2019-MINEDU, Norma que regula el proceso de CONTRATACIÓN DE PERSONAL ADMINISTRATIVO, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en las sedes administrativas de las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, Instituciones Educativas, Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos

Fuente: MINEDU

Redacción: Educacionenred.pe

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